Calcula tu presupuesto de Certificado de Eficiencia Energética
En general, todos los inmuebles nuevos o existentes, disponibles para la venta o el alquiler.
La normativa incluye algunas excepciones en cuanto a los edificios que deben solicitar el certificado, como los protegidos y monumentos, los utilizados como lugares de culto y para actividades religiosas y las construcciones provisionales o con una ocupación prevista menor de 2 años. De igual forma están excluidos los edificios industriales, de la defensa y agrícolas o partes de los mismos, en la parte destinada a talleres, procesos industriales, de la defensa y agrícolas no residenciales.